Un accidente de tráfico, un accidente laboral, un ictus... puede ocurrirle a cualquiera, sea cual sea su edad.

Estas cosas no siempre les pasan a los demás.

Seguro de dependencia

Ahora puedes contratar un seguro de dependencia para estar bien protegido

Con la misma Desgravación Fiscal que un Plan de Pensiones.

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¿Crees que tú no necesitas un seguro de dependencia?

Casi un millón de personas entre 35 y 65 años en España tienen una gran dependencia (pérdida total de autonomía física)

Casi 4 millones de personas entre 35 y 65 años tienen una dependencia severa (requieren varias veces al día el apoyo de un cuidador)

¿Vas a permitir que por tan poco dinero tu pareja o tus hijos tengan que cuidarte?

¿Vas a perder o vender el patrimonio que tanto te ha costado conseguir para pagar tu cuidado?

En caso de que te veas en una situación de dependencia, recibirás por parte del estado entre 70 € y 260 € al mes, cantidades que se pueden completar por las CCAA, en el mejor de los casos, hasta alcanzar un máximo de 833 € al mes. ¿Con este dinero al mes puedes vivir?

Preguntas frecuentes sobre el seguro de dependencia

Nadie quiere depender de los demás. Poder pagar nuestro propio cuidado en caso necesario es garantía de libertad para elegir y decidir. Existen ayudas públicas a la dependencia, pero son insuficientes y solo una de cada tres personas necesitadas consiguen alguna subvención o una asistencia.

Es una póliza que cubre al asegurado en el caso de que le sea reconocida una situación de dependencia por cualquier limitación física o psíquica que le impida realizar sus actividades básicas cotidianas sin ayuda.

Cuando legalmente se reconoce la situación de dependencia se puede percibir el seguro en un pago único o en forma de renta periódica.

No. Cualquiera puede caer en situación de dependencia tenga la edad que tenga y sea cual sea su estado de salud. La edad puede ser un factor de dependencia, pero también la enfermedad y la discapacidad.
Generalmente, hasta los 70 o 75 años.
Hay que ser previsores. Los seguros están para cubrir eventualidades, no para pagar certezas. Es como si nos acordáramos de hacer un seguro de coche después de tener un accidente. Los seguros deben contratarse antes de que se produzca el siniestro.
Sí. Por un seguro privado de dependencia se deduce la base imponible de la prima satisfecha, tanto para el interesado como para las personas que tengan con él una relación de parentesco en línea directa o colateral hasta el tercer grado inclusive, o por su cónyuge, o por aquellas personas que tuviesen al contribuyente a su cargo en régimen de tutela o acogimiento. El conjunto de las reducciones practicadas por todas las personas que satisfagan primas a favor de un mismo contribuyente, incluidas las del propio contribuyente, será de hasta 8.000 € anuales.
La invalidez es una incapacidad que impide a la persona desempeñar su trabajo. La dependencia es la situación permanente de necesidad de ayuda para realizar las actividades básicas de la vida cotidiana por causa de la edad, la enfermedad, la discapacidad, etc.

La Ley de Dependencia establece tres grados:

I. Moderada: se necesita ayuda para actividades básicas de la vida diaria una vez al día o existen necesidades de apoyo intermitente o limitado para la autonomía personal.

II. Severa: se requiere ayuda para actividades básicas de la vida diaria dos o tres veces al día o existen necesidades de apoyo externo para la autonomía personal, aunque no se requiere un cuidador permanente.

III. Gran dependencia: se precisa ayuda para varias actividades básicas de la vida cotidiana y existe pérdida total de autonomía física, mental, intelectual o sensorial con el requisito de apoyo constante de una persona.

En los casos en que se reconoce, la ley puede conceder una ayuda económica de unos 700 € en el supuesto máximo de gran dependencia, y de cero euros en el grado I de dependencia.
Para lo que quieras: pagar tus cuidados, pedir un segundo diagnóstico, rehabilitación y tratamientos, adaptar la casa o el vehículo a las nuevas necesidades…
Son seguros diferentes. Cada seguro cubre eventualidades distintas, pero sus prestaciones no son excluyentes. Se pueden cobrar tantas pólizas como seguros se tengan, siempre que los supuestos para los que están contratadas se cumplan. Los seguros privados tampoco excluyen las prestaciones que pudiera conceder la Seguridad Social.
Sí, cualquiera puede y debe porque nadie está a salvo de sufrirla. La compañía pedirá un cuestionario médico y, tal vez, un reconocimiento antes de asegurar al cliente.

Depende del capital contratado: cuanto más elevado sea, más cara costará la póliza. También influyen factores como la edad de contratación. Un seguro de dependencia puede costar 250 € al año, con un capital de hasta 300.000 €, para una persona de 40 años.

Muchas, como incluir el asesoramiento telefónico, algo muy útil para el afectado y sus familiares, con solución de temas médicos, jurídicos, de prestaciones públicas, cuidados al dependiente, etc. También pueden añadir la ayuda a domicilio.
Sí, generalmente de un año, pero puede ser más o menos, dependiendo del motivo que dé lugar a la dependencia.

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